ALCANZADO LA DIGNIDAD Manual del Promotor de la Convención de los
Derechos de los Migrantes
|
Elaborado por Migrants Rights International Tercera impresión, abril 2000
|
|
|
|
|
|
|
Alcanzado la Dignidad: Manual del promotor de la Convención de los Derechos de los Migrantes es una herramienta preparada por Migrants Rights International para promover la ratificación y puesta en marcha de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migratorios y sus Familias. La primera edición fue publicada en marzo de 1998 para el lanzamiento de la Campaña Mundial para la ratificación de la Convención Internacional sobre los derechos de los Migrantes.
Escrito por:
Sección I y II: Patrick A. Taran, Migrants Rights International.
Sección III: Shirley Hune, Universidad de California, Los Ángeles, CA, USA con extractos de la publicación Foro de Migrantes en Asia, "Para ratificar la Convención de las Naciones Unidas sobre la Protección de los Trabajadores Migrantes", MUJERES MIGRANTES En búsqueda de Justicia.
Sección IV: Cathi Tactaquin, Red Nacional para los derechos de los inmigrantes y refugiados, EUA y Patrick A. Tarán.
Revisión Editorial:
- Yenny del Carmen Hurtado, Unión de Trabajadores Domésticos, Colombia.
- Wan-Hea Lee, Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Ginebra.
- Bronwen Manby, Human Rights Watch, Gran Bretaña.
- Joseph Oneka, Unión Cristiana, Ugbanda.
- Cathi Tactaquin, Red Nacional para los derechos de los inmigrantes y refugiados, EUA.
- Mayan Villalba, Fundación UNLAD-Kabayan, Filipinas.
- Editado y Publicado: Sarah Stephens, Consultora para la IMRWC.
INTRODUCCIÓN
El objetivo de este manual es informar y orientar a aquellos, incluyendo a los mismos migrantes, que tienen la voluntad de intervenir y actuar con el propósito de defender los derechos humanos fundamentales de los migrantes.
Pretende ayudar a los organizadores a actuar para construir actividades y campañas, tanto locales como nacionales, con la finalidad de asegurar que las normas básicas internacionales de los derechos humanos se implementen en cada país para proteger la vida y dignidad de los migrantes.
El Migrants Rights International espera que este manual ofrezca una explicación básica de qué son las normas internacionales, cómo surgen y cómo pueden promoverse. Se centra en la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, de 1990. El propósito de este manual es ayudar al lector a entender el contenido de la Convención y a promover su ratificación efectiva. Así, esperamos que este texto sea una herramienta y guía de acción local para una campaña global con el fin de que esta Convención entre en vigor.
El manual tiene cuatro secciones. La primera ofrece un panorama de la situación actual de los migrantes. Resume las tendencias globales de los factores que causan u obligan la migración internacional, delinea las estimaciones actuales de quiénes son y dónde están y subraya el deterioro en su trato. Se hace hincapié en la importancia de defender los derechos y la dignidad de los migrantes y se esbozan las características esenciales de la campaña global centrándose en la Convención de 1990.
La segunda sección plantea los antecedentes de lo que son las normas internacionales de los derechos humanos y cómo fue que nacieron. Describe cómo funciona la ratificación de los tratados y la manera en que se incorporan a la legislación nacional y local.
La tercera sección describe la importancia y el contenido de la Convención de 1990. Presenta un panorama de los derechos propios de los trabajadores migratorios y de sus familiares, así como los deberes de los Estados de origen, tránsito y recepción que la Convención establece.
La cuarta sección es la guía del organizador para promover la Convención. Sugiere actividades para divulgar la existencia de la Convención y los pasos para organizar actividades de promoción. Hace hincapié en la importancia de involucrar a los distintos sectores y de construir coaliciones para incluir a las organizaciones de mujeres, sindicatos, sectores religiosos, así como a grupos de derechos humanos y de la comunidad de migrantes. Se delinean formas de acercamiento y cabildeo en Parlamentos y otros órganos gubernamentales para procurar su ratificación. Además, proporciona breves descripciones sobre la manera de tener incidencia en los informes de los Estados a los órganos internacionales y sobre cómo participar en conferencias regionales y globales y en redes internacionales.
SECCIÓN I
LA NECESIDAD DE UNA CAMPAÑA INTERNACIONAL
PARA LOS DERECHOS DE LOS MIGRANTES
El abuso a los derechos fundamentales y a la dignidad humana del que padecen los migrantes se ha vuelto un tema global. La violencia contra los migrantes es algo muy común. La expresión de sentimientos xenófobos y racistas en contra de migrantes, refugiados y otros extranjeros ha entrado al discurso principal político y público no sólo en la mayoría de las naciones occidentales industrializadas, sino también en muchos países de África, Asia, el Caribe, Europa Oriental y América Latina. Los migrantes casi se han convertido en los chivos expiatorios universales del creciente desempleo, el crimen y una serie de otros males sociales en muchos países.
Tendencias principales
La migración ha sido una característica permanente en la historia de la humanidad. Varias tendencias inquietantes han venido a caracterizar los grandes movimientos globales de la gente, lo que da por resultado una realidad cualitativamente nueva de la migración humana:
- Ha habido quebrantos en las situaciones económicas, políticas, sociales y ambientales que alguna vez permitieron a las personas vivir y permanecer en sus comunidades y países de origen.
- Hoy en día se libran muchas guerras. Éstas se pelean sobre todo dentro de los Estados, más que entre los Estados. Hay líderes políticos que utilizan la religión y la etnia para defender estrechos fines nacionalistas, dividiendo más que uniendo a las sociedades pluralistas.
- Casi todos los movimientos de migración, incluyendo la huida de refugiados, y la mayoría de los desplazamientos internos se llevan a cabo dentro y hacia los países del sur, que cuentan con menores recursos para atender a un gran número de gente desarraigada.
- La migración se extiende dentro y entre todas las regiones del globo durante periodos de creciente crisis económica mundial.
- Existe un incremento de hostilidad racista y xenófoba contra los refugiados e inmigrantes. Esta hostilidad, a menudo expresada en franca violencia, se extiende a todas las regiones del mundo.
- Los gobiernos del mundo, encabezados por los del norte industrializado, imponen controles restrictivos a la inmigración y severas "medidas de disuasión" contra el movimiento de las personas dentro o a través de su territorio. Al mismo tiempo, los gobiernos cooperan para "armonizar" sus políticas para controlar la migración internacional.
Las dimensiones del desplazamiento forzado
De acuerdo con estimaciones de las Naciones Unidas, más de 150 millones de personas viven fuera de su país. Esto incluye a refugiados, trabajadores migratorios, inmigrantes permanentes y otros.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) advierte que "las estadísticas de los países con respecto a la migración internacional son lamentablemente escasas y no dan razón, o sólo apenas, de las personas presentes sin documentación apropiada". De esta forma, sus mejores estimaciones del número de migrantes internacionales son:
África: 16-20,000,000
Asia: 6-9,000,000
Europa: 20,000,000 (No incluye la ex URSS/Yugoslavia)
América del Norte: 15-17,000,000
Sur y Centro América: 7-12,000,000
Asia Occidental (Estados árabes): 6-7,000,000
TOTAL: 80-97,000,000 (1)
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) reconoce a 11 millones de personas como refugiados, desde principios de 2000.(2) Estas cifras, citadas por la OIT y ACNUR, junto con otras categorías de personas que viven fuera de su país de ciudadanía, equivalen a uno de cada 50 seres humanos. Las mujeres constituyen cerca de la mitad de los migrantes hoy en día.
No existe una definición legal precisa, internacionalmente aceptada, de migrante. La categoría de migrante internacional es muy amplia. Comúnmente se entiende como las personas que cruzan fronteras para vivir y trabajar temporalmente en otras naciones, y los que emigran para establecerse de forma permanente en otro país. En la actualidad, son cada vez más confusas las distinciones entre refugiados, buscadores de asilo, trabajadores migratorios y otros migrantes.
Motivos para migrar
En mayor o menor medida, muchas de las principales instituciones internacionales reconocen ahora que gran parte de los migrantes de hoy en día -al margen de los reconocidos como refugiados- han sido obligados a dejar su patria debido a condiciones políticas, económicas y sociales adversas. En 1995, el Consejo Mundial de Iglesias (CMI) adoptó el término "población desarraigada" para designar a "todos aquellos que se ven obligados, por condiciones políticas, económicas y sociales adversas, a dejar su país y su cultura -independientemente de las etiquetas que otros les den". El CMI hace hincapié en que, en su opinión, muchas de las personas que hoy en día cruzan fronteras son desarraigadas.
En un capítulo sobre migración internacional, de su informe final, la Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, celebrada en El Cairo en 1994, subrayó un número de factores que obligan a la gente a cruzar las fronteras nacionales: "Los desequilibrios económicos internacionales, la pobreza y la degradación ambiental, combinados con la falta de paz y de seguridad, las violaciones a los derechos humanos y un desigual desarrollo de las instituciones judiciales y democráticas son todos factores que afectan la migración internacional".
Un número considerable de migrantes se desplaza por otros motivos. La globalización de la actividad económica ha internacionalizado el mercado de trabajo. La experiencia y la capacitación en medios extranjeros se han vuelto necesarios para trabajadores y profesionales de muchos campos, como las telecomunicaciones, el mercadeo y el servicio hotelero. Cada vez más, se llevan a cabo intercambios de personal dentro de las empresas corporativas transnacionales.
Muchos países aún dependen de los trabajadores y profesionales migrantes para llenar los vacíos en el mercado laboral, desarrollar nuevas áreas de producción o servicios y sostener actividades de mano de obra intensiva. En algunos países los migrantes aportan una porción considerable de la fuerza laboral nacional. Muchos de estos trabajadores y profesionales migrantes han sido alentados y contratados para ir a otros países.
Como lo ha demostrado otra vez la reciente crisis financiera en Asia, los trabajadores migratorios se encuentran entre los más vulnerables. Son reclutados por cientos o miles para ocupar los trabajos sucios, peligrosos o difíciles, creados por la expansión económica. Pero cuando surgen tiempos de inestabilidad económica o de transición, son sujetos de expulsión y de mayor abuso.
Ningún ser humano es "ilegal"
Los migrantes se han vuelto los chivos expiatorios de una serie de problemas sociales. Una muestra de la victimización de los migrantes es la extensa adopción oficial del término "migrante ilegal" por los gobiernos y las conferencias internacionales durante los últimos dos años. Estas dos sencillas palabras criminalizan y deshumanizan al ser humano, volviéndolo un "bien" antisocial.
Actualmente, muchos migrantes son indocumentados, no tienen estatus, son "irregulares". Sin embargo, deberían tener el derecho de conseguir el estatus de documentado, aceptando, al mismo tiempo las restricciones de una política de migración justa, administrada por el país huésped, conforme al Derecho. Por su lado los Estados deberían tener la obligación de asegurar la protección de los derechos humanos fundamentales de todas las personas en su territorio, independientemente de su estatus.
La defensa de los derechos humanos fundamentales de cualquier grupo de la sociedad, sobre todo del más vulnerable, es la defensa de los derechos de todos. Como lo demuestra la historia, negar los derechos a un grupo se convierte en el primer paso y en la justificación para imponer restricciones a otros grupos.
Falta de protección
La ampliamente aceptada Convención sobre el Estatus de los Refugiados de la ONU de 1951 (y su Protocolo de 1967), ratificada por 150 Estados de todo el mundo, establece que las personas tienen el derecho de no ser repatriados a países en los que son perseguidos. A esto se le denomina derecho de no expulsión. La Convención define a los refugiados como individuos que por diversas razones tienen "un miedo bien fundado de ser perseguidos". Por lo general, los países que ratificaron esta Convención aseguran a tales refugiados el reconocimiento de su estatus y una medida de protección a sus derechos humanos, así como otra ayuda. Muchos Estados africanos también han ratificado la Convención de la Organización de Unidad Africana de 1969, que regula los aspectos específicos de los problemas de los refugiados en África, ampliando la definición de refugiado para abarcar a aquellos que huyeron de su país "debido a agresiones externas, ocupación, dominación extranjera o sucesos que perturban seriamente el orden público", pero esta disposición más generosa no es parte de la legislación internacional vigente en otras partes del mundo. Las personas desplazadas por la guerra no son reconocidas generalmente como refugiados -aunque es posible que se les dé otro estatus que aquel que la ley nacional del país donde se han refugiado contemple. Más aún, no existen normas internacionales que defiendan específicamente la necesidad de protección y asistencia de las personas obligadas a dejar su patria debido a dificultades ambientales, económicas o sociales. De hecho, sería difícil establecer una medida del tipo de condiciones que amenazan la vida -ambientales, económicas o sociales- y que requieren de la protección internacional para quienes huyen de ellas. Aún más difícil sería convencer a los gobiernos de no repatriar por la fuerza a los individuos que enfrenten condiciones que amenacen su vida. Incluso la Convención sobre Refugiados de la ONU sólo insiste en que los refugiados no sean repatriados de manera involuntaria; no obliga a los Estados a conceder asilo a quienes lo solicitan.
Como se describe más adelante en este manual, en la década de 1970 se reconoció que se requería de esfuerzos y de una Convención especiales para asegurar la protección de los derechos humanos fundamentales de los migrantes. Estos derechos fueron identificados en 1990 en la redacción de la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares. Este documento a su vez se basa en los principios contenidos en instrumentos fundamentales tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En tanto la Convención se enfoca específicamente a los trabajadores migratorios, la ratificación e implementación de sus disposiciones proporcionarían una importante medida de protección a la mayoría de los otros migrantes en situaciones vulnerables. No obstante, pocos países han tomado las medidas necesarias para adoptar estas normas, firmando y ratificando o accediendo a la Convención, y así incorporando las normas a su legislación nacional.
Los que defienden los derechos humanos y el Estado de Derecho como las bases esenciales para la sociedad democrática reconocen que la protección de los derechos debe ser universal. El reconocimiento de la creciente hostilidad y los ataques a los migrantes, además de la necesidad de defender las normas de los derechos humanos fundamentales, han llevado al Migrants Rights International a iniciar una campaña global para que esta Convención entre en vigor. Se requiere de la ratificación o adhesión de 20 Estados para que este instrumento "entre en vigor"; es decir, para llegar a ser operativo y formar parte de la legislación internacional. Cuando esto se logre, la Convención podrá emplearse como una norma legal de buena práctica y, por ende, también ejercerá un fuerte poder de persuasión en los Estados no Parte, aunque no hayan acordado estar vinculados por sus normas.
La campaña de la Convención
Los gobiernos necesitan convencerse de que la ratificación de la Convención es necesaria. Esto sólo se logrará concientizando y expresando la preocupación popular sobre la Convención a los funcionarios del gobierno, diplomáticos, políticos y el público en general, nacional e internacional. La campaña es un esfuerzo intencional destinado a generar acciones coordinadas e interrelacionadas para promover la ratificación y adhesión a la Convención por un gran número de Estados. La amplia ratificación de esta Convención Internacional sólo puede lograrse mediante una campaña conducida conjuntamente por representantes de los gobiernos, organizaciones intergubernamentales (OIG), organizaciones no gubernamentales (ONG) nacionales e internacionales y fundaciones y organizaciones populares. Con este fin, se ha establecido un comité formal de dirección de campaña para generar las estrategias y los materiales básicos.
Hacer campaña para la ratificación conlleva promoción política y elementos de concientización. Ambos factores se dirigen al mismo fin: que una amplia muestra de la sociedad, incluyendo a funcionarios públicos, partidos políticos, sindicatos, grupos religiosos, órganos de derechos humanos, grupos de migrantes, organizaciones de mujeres y otros, den su apoyo a la ratificación o adhesión a la Convención, así como a su implementación e inclusión en la legislación nacional de sus países.
SIGUE
(1) International Labour Office, International Migration and Migrant Worker [Migración internacional y trabajadores migratorios], Committee on Employment and Social Policy, Sesión 26, Ginebra, marzo 1996 (GP267-EPS-2):4.
(2) ACNUR. Cifra proporcionada en el Comité Permanente del ACNUR, Ginebra, 2-3 de febrero, 1998.
|
|
|
|
|
|
|
Página principal
|
|